lunes, 4 de julio de 2016

Argentina: Venta de genéricos, una actividad sin control y con abusos


El Tribuno (Salta, Argentina) 04 de julio 2016



El desconocimiento de la ley hace que muchos no accedan a ellos y deban pagar más. La poca costumbre de consultar y asesorar al respecto deja a los consumidores en desventaja.



Comprar monodrogas cuando se necesita realizar un tratamiento es una práctica poco habitual para los consumidores salteños. La falta de conocimiento origina las más variadas experiencias, desde pagar el costo más elevado por un producto medicinal hasta no contar con los denominados medicamentos genéricos.
El desconocimiento sobre la obligación de prescribir medicamentos por su nombre genérico deriva en ciertos abusos en algunos casos.
"Como no sabemos, por apuro y porque lo necesitamos terminamos comprando lo más caro", dijo a El Tribuno Ivana Castro, quien es una de las tantas personas que desconocen la Ley 25.649. Si bien la norma lleva más de diez años de haber sido sancionada en Argentina, son pocos los que están al tanto de su contenido y especificaciones.
La adquisición de un remedio genérico puede significar una aventura en la que solo la ética de algunos profesionales ayuda a cuidar el bolsillo de los consumidores. Como para citar un ejemplo, si se trata de antibióticos una marca comercial puede tener un costo de casi el 30% por encima del valor al que se comercializa el medicamento genérico.
La variedad
Un mismo medicamento genérico es ofrecido con diferentes nombres comerciales y a distintos precios. Esta variación depende de factores vinculados con la publicidad y el envase utilizado, entre otros. Sin embargo, la droga, es decir el componente genérico de ese remedio, es siempre la misma. Por lo tanto, no debería existir desconfianza en cuanto a la calidad. Además, son productos autorizados por la ANMAT (Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica).
La legislación contempla la obligación del médico de prescribir las recetas con el nombre genérico. "El profesional farmaceútico debe dispensar el producto con el mismo principio activo, igual concentración y menor precio que el prescrito", versa parte del artículo 2 de la mencionada Ley 25.649.
Sin control
Si bien las recetas cuentan con la indicación de la monodroga, no existe supervisión sobre el stock que poseen las farmacias de estas medicinas.
"No hay control sobre el stock de medicamentos genéricos con que cuentan las farmacias. No están obligadas a tenerlos tampoco. En este punto los pacientes son libres de concurrir a otras farmacias si no encuentran el remedio que están buscando", expresó a El Tribuno la jefa del Programa de Farmacias del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, Carolina Julian. La repartición se encarga de controlar la actividad pero solo en lo concerniente a la habilitación de los locales comerciales y la existencia de un profesional farmaceútico en cada uno.
"Sé que mi médico me pone en la receta la monodroga pero, la verdad, a la hora de comprar los remedios no me explican que existen genéricos y que puedo optar por uno de ellos, uno siempre tiene la desconfianza de que esos remedios son de baja calidad ", expresó a El Tribuno María del Socorro Fernández.
Desinformación, prejuicios y la falta de control forman parte de una realidad que afecta a gran parte de los que tienen la necesidad, momentánea o no, de combatir una determinada patología.



Lo que dice la Ley Nº 25.649
(Artículo 2, anexo1)
*Los médicos y odontólogos están obligados a respetar el principio de la prescripción por nombre genérico, quedando facultados para expresar en la receta el nombre comercial o marca del medicamento, a continuación del nombre genérico.
*El profesional farmacéutico, para una debida dispensa de los medicamentos debe asesorar y facilitar al adquirente la información que le requiera sobre todas las especialidades medicinales que contengan el mismo principio activo o combinación de ellos y sus distintos precios.
*En los casos en que la receta consigne exclusivamente el nombre genérico de los medicamentos, o en los que se consigne el nombre genérico seguido de la marca, y no se justifique la selección de esa marca, el farmacéutico debe dispensar, a pedido del consumidor, el medicamento con el mismo principio activo, la misma cantidad de unidades por envase, igual concentración y menor precio que el prescrito.
*En el supuesto en que el médico u odontólogo considere indispensable prescribir una marca, con razón fundada, podrá realizarlo, debiendo consignar primero el nombre genérico del medicamento y agregar, de su puño y letra, a continuación de la firma correspondiente, la prescripción de la marca y la justificación que avale tal decisión.
*Si en la receta el médico u odontólogo hubiera omitido la indicación de la cantidad de unidades por envase, el farmacéutico podrá entregar el medicamento que reúna las demás condiciones que exige la ley y que contenga la menor cantidad de unidades.

Una responsabilidad que no le corresponde a nadie
Para el sector, los genéricos se venden, pero dependen de la honestidad profesional. "No son nuestro fuerte, hay otras farmacias que los comercializan", dijo la empleada de una reconocida farmacia capitalina al ser consultada sobre la existencia de medicamentos genéricos. Vigilar que los consumidores encuentren las opciones más baratas entre los productos medicinales y que las recetas con solo la indicación de la monodroga sirvan para comprar fácilmente en un comercio del rubro por estas horas no es responsabilidad de nadie.
Con más de 350 farmacias en toda la provincia, el sector no es ajeno a la provisión de los medicamentos genéricos ni al desconocimiento que existe al respecto.
Acceder a este tipo de medicamentos implica una tarea que puede demandar más tiempo de lo esperado.
"Si la gente no se encuentra con profesionales honestos puede sufrir abusos constantemente. Esto tiene que ver con la ética de cada uno", dijo a El Tribuno el presidente del Colegio de Farmaceúticos de Salta, Ricardo Gaffet.
El vacío de control en la prescripción y disposición de productos económicos es parte de la realidad con la que se encuentran periódicamente quienes se dedican a la actividad farmacéutica. El rol de los profesionales que se desempeñan en el área resulta de suma importancia para el asesoramiento sobre las opciones existentes en el mercado y la diferencia de precios existente.
Para algunos referentes, los pacientes del sector privado sufren más frecuentemente el incumplimiento en la provisión y asesoramiento, ya que en el público la mayoría de indicaciones son en base a monodrogas.
Es necesario destacar que para algunas patologías, como la artrosis, no existen medicamentos no comerciales. Según especialistas, estos remedios cubren casi el 90% de las enfermedades.
Contra lo que se cree
La creencia de que la limitación de la venta de medicamentos genéricos radica en la escasa ganancia que dejan a los negocios fue disipada desde la Cámara de Propietarios de Farmacias de Salta.
"No es verdad que las farmacias no venden genéricos porque no dejan ganancias. En esta época de crisis, en algunas de ellas radican gran parte de las ventas diarias", aseguró a El Tribuno el presidente de la entidad, Francisco Puló. El margen bruto de ganancias para los medicamentos de marca comercial sería del 30%, mientras que en el caso de los genéricos sería del 50%.

Negocio millonario con polémica
La venta de medicamentos constituye en Argentina una actividad comercial que implica más de 50.000 millones de pesos por año. Gran parte de la facturación se relaciona con la presencia de distintos laboratorios, que copan la mayoría del mercado. La existencia de medicamentos genéricos es objeto de las más variadas polémicas. A principios de junio de este año, la Federación Farmaceútica Argentina dio a conocer una denuncia realizada por la Corporación Nacional de Consumidores y la Asociación Nacional de Usuarios sobre la existencia de laboratorios de fármacos que realizarían un doble registro de medicamentos bioequivalentes en el Instituto de Salud Pública, que poseen el mismo principio activo pero con una diferencia de precio de hasta un 1.000%.
En este sentido se señaló que esta situación se da a causa de que no existe una ley que obligue a los laboratorios a tener medicamentos genéricos y bioequivalentes para evitar confundir a los usuarios.



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